Micelio
Auto19 de agosto de 2021

A- de 2021

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Colpensiones Contra Acto Administrativo Que Concedió Prestación Pensional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Diecisiete Laboral de Medellín y la Sala Primera de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia.

La controversia entre los despachos judiciales involucrados se originó una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por Colpensiones para obtener la declaratoria de nulidad de una resolución propia, por medio de la cual reconoció y ordenó el pago de la pensión de vejez a uno de sus afiliados.

La Corte declaró que competencia para tramitar el precitado asunto es de la Sala Primera de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia porque, tal y como lo ha establecido la Corporación, cuando una entidad pública demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho un acto administrativo propio tras no obtener la autorización del titular para revocarlo directamente, el asunto es competencia de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, incluso si el acto se pronuncia sobre derechos pensionales.

Se ordenó enviar el expediente a la referida Corporación para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico implicado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Diecisiete Laboral de Medellín y la Sala Primera de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia, y DECLARAR que la Sala Primera de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por Colpensiones contra el señor Javier Valencia Ramírez y la Nueva EPS S.A.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-768 a la Sala Primera de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Diecisiete Laboral de Medellín.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.